En este post trataremos de resolver todas las dudas que te puedan surgir acerca de las retenciones mal practicadas por parte de las empresas, los motivos por las que se producen, sus consecuencias y posibles soluciones.
Desde EFISCO sabemos que este tipo de situaciones suelen darse con relativa frecuencia. Por este motivo, consideramos que es muy importante contar con la información adecuada y estar al día con las normativas y regulaciones vigentes al respecto.
En este sentido, ofrecemos información actualizada e interesante sobre temas como este y relacionados a través de los post de nuestro blog, que te invitamos a visitar para que puedas estar al día sobre cualquier tema de tipo fiscal o contable que sea de tu interés.
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¿Preparado para conocer las claves y cómo actuar ante retenciones mal practicadas por una empresa? ¡Sigue leyendo para descubrir cuáles son sus consecuencias y las posibles vías para resolver la situación!
La importancia de realizar correctamente las retenciones
La correcta realización de las retenciones por parte de las empresas es una tarea fundamental. Sin embargo, hay ocasiones en las que dichas retenciones se realizan de forma incorrecta debido, en muchos casos, a la complejidad de las normas tributarias y a la gran cantidad de cosas a tener en cuenta que hay que cumplir.
Además, también hay que tener en consideración que las normas, en ocasiones, están sujetas a cambios y es fundamental estar al corriente de las últimas novedades que se implanten en los reglamentos y normativas oficiales.
Las retenciones en el IRPF son anticipos que se realizan a Hacienda, es decir, ingresos que adelantan los pagadores de las rentas a cuenta del resultado esperado de la declaración del IRPF.
Dichas retenciones están reguladas por ley y, además, son obligatorias y afectan a los distintos tipos de rentas ya sean las recibidas por los trabajadores, los profesionales o los arrendatarios de locales y oficinas.
Cuando se habla de retenciones mal practicadas, se engloba tanto a aquellas retenciones realizadas en exceso como a aquellas retenciones realizadas por una cuantía inferior a lo legalmente establecido.
La empresa (retenedor) tiene que retener e ingresar dicha cantidad en Hacienda mediante la presentación del Modelo 111. Es importante tener en cuenta que, el hecho de no haber practicado la retención, en ningún caso le eximirá de ingresar el importe correspondiente en Hacienda.
En la mayoría de ocasiones, como adelantábamos previamente, las retenciones mal practicadas por las empresas se deben a fallos en el momento de calcular la cantidad a retener en los rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales.

Esto se debe a que dicha cuantía es variable en función de las retribuciones y las circunstancias personales del trabajador, mientras que en el resto de casos de rentas sujetas a retención, al estar estipulado un tipo fijo, las posibilidades de error son mucho menores y las retenciones mal practicadas por las empresas, en estas situaciones se producen con una frecuencia mucho menor.
En cualquier caso, las vías de actuación para ambos tipos de situaciones y recomendaciones para solventarlas son igualmente aplicables. A continuación, detallaremos las distintas formas de actuación para cada caso.
Retenciones mal practicadas por la empresa: por exceso
En el caso de que la empresa retenga más de lo debido al trabajador, este se verá perjudicado ya que mensualmente recibirá menos dinero del que realmente le corresponde.
En este tipo de situaciones, la forma más ágil de corregir el problema es esperar a la declaración de la renta y deducirse entonces las cantidades que han sido retenidas y que, aun siendo superiores a lo establecido, han sido soportadas y por tanto ingresadas. Este hecho puede demostrarse a través del certificado de retenciones entregado por el retenedor.
Con este método, el trabajador se verá favorecido con una mayor devolución por parte de Hacienda compensando, de esta manera, la menor retribución percibida por unas retenciones mal practicadas por parte de su empresa.
Sin embargo, si el trabajador no quiere esperar hasta la presentación de la declaración de la renta, tiene la opción de realizar una solicitud de devolución de ingresos indebidos a la Agencia Tributaria reclamando la rectificación del modelo de autoliquidación de retenciones correspondiente.
En cualquier caso, es importante tener en cuenta que no es posible aplicar un tipo de retención inferior al establecido por la ley para compensar la retención efectuada en exceso. Hay ocasiones en las que las empresas llevan a cabo esta práctica, pero es sancionable en caso de que se realice una inspección y se detecte este movimiento.
Retenciones mal practicadas por la empresa: por defecto
En el caso de que el trabajador detecte que le han retenido menos de lo legalmente estipulado, esto puede deberse a dos posibles causas: que el retenedor haya realizado de forma incorrecta los cálculos o que el propio trabajador no haya comunicado de manera adecuada los datos a su empresa a través del Modelo 145.
En esta situación, el trabajador puede deducirse en su declaración de la renta la cifra por la que debería de haber sido retenida desde un primer momento.

Es importante comprobar que la información o los datos que proporcionamos a las empresas para que puedan realizar las retenciones correspondientes sean los adecuados ya que, de no ser así, el trabajador puede enfrentarse a importantes sanciones interpuestas por Hacienda.
Se considerará como una infracción leve cuando el trabajador tenga la obligación de presentar declaración del IRPF. En estos casos, la sanción consistirá en una multa proporcional del 35% de la diferencia entre la retención adecuada y la retención efectuada.
En el caso de que el trabajador no esté obligado a realizar la declaración del IRPF, la infracción será considerada como muy grave con sanciones que podrían alcanzar multas de hasta el 150% de la diferencia señalada anteriormente.
Por este motivo, es recomendable que, en el momento en el que se detecten las retenciones mal practicadas por la empresa por defecto, se presente una declaración complementaria. De esta manera se aplicará un recargo por presentación extemporánea, pero merecerá la pena hacerle frente ya que será menor que las cuantías derivadas de las sanciones anteriormente mencionadas.
Del mismo modo que ocurría con las retenciones mal practicadas por la empresa por exceso, la Dirección General de Tributos establece que las empresas no pueden deducir de los ingresos del trabajador la diferencia entre la retención estipulada y la retención practicada.
En el ámbito estrictamente tributario, por tanto, no se permite efectuar deducciones de ningún tipo de los ingresos de los trabajadores ni reclamaciones a los mismos derivadas de retenciones no practicadas en su debido momento y de manera correcta.
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Esperamos que este post sobre lo que se conoce como retenciones mal practicadas por la empresa te haya resultado útil e interesante y te haya ayudado a comprender en qué consisten, los diferentes tipos que existen, sus consecuencias y las distintas formas de actuar que hay al respecto.
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