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PERFIL DEL ALUMNO
- Profesionales del sector contable y fiscal
- Estudiantes o licenciados / graduados en Administración y dirección de Empresa, Finanzas y Contabilidad, Economía, Derecho…
- Estudiantes o titulados en formación profesional de Administración y Finanzas
- Personas que tengan conocimientos en contabilidad y fiscalidad
¿Qué es el modelo 115 y quién tiene que presentarlo?
El modelo 115 es una declaración trimestral de las retenciones practicadas sobre los alquileres de inmuebles urbanos, decir naves, locales u oficinas en las que los autónomos y las pymes desarrollan su actividad.
El modelo 115 es un modelo de liquidación en el que autónomos y pymes declaran ante Hacienda las retenciones practicadas en los inmuebles urbanos, a los locales alquilados donde desarrollan su actividad, unas retenciones mensuales a cuenta del IRPF o del impuesto de sociedades.
Están obligados a presentar este modelo 115 todos los autónomos y las pymes que desarrollan su actividad en un inmueble urbano, los rústicos están exentos, y que son además titulares de contratos de arrendamiento.
Pero cuidado, no todos los autónomos y las pymes están obligadas a la presentación de este modelo 115. Hay algunas excepciones, como por ejemplo si el importe es inferior a 900€ o se trata de alquiler por renting, leasing…
Así que son tantas las excepcionalidades que lo más conveniente es que realices el curso para su correcta cumplimentación.
El modelo 115 se presenta del 1 al 20 de los meses abril, julio, octubre y enero, bien por vía telemática con certificado digital o en alguna entidad colaboradora para pagar a Hacienda.
Además, en el cuarto trimestre, en enero, coincidiendo con el cuarto trimestre, se tiene que presentar el modelo 180 que es la declaración recapitulativa.
Modelo 180: todas sus particularidades
El modelo 180 es una declaración de carácter informativo pero en cualquier caso todos los autónomos y las pymes que desarrollen su actividad en un inmueble urbano de alquiler y al que le practiquen mensualmente la retención a cuenta del IRPF o del impuesto de sociedades están obligados a cumplimentar y a presentar este modelo 180.
El modelo 180 es una versión extendida del modelo 115 que, recordemos también, era de retenciones practicadas sobre alquileres de inmuebles urbanos. Lo que hacemos básicamente es recapitular toda la información trimestral y presentarla del 1 al 20 de enero si es de forma presencial y si es de forma telemática, tienes un poquito más de margen de tiempo, hasta el 31 de enero.
También es obligatorio presentar el modelo 180 como declaración complementaria si incluyes percepciones que has olvidado o como declaración sustitutiva si lo que quieres es anular o sustituir.
Silvia Casado –
Hubiese estado mejor con más casos prácticos pero esta bien
Francisco –
Me arrepenti de no hacer el curso grande en lugar de este
esther avalos –
me hizo falta para presentar el modelo
sergio –
práctico, bien explicado y completito. me ha gustado…