Le damos la bienvenida al 2018, comenzamos un año con algunas novedades fiscales que debes conocer. El objetivo principal de estos cambios ha sido mejorar la calidad de los datos fiscales. Como empresa debes prepararte para presentar algunos modelos antes de la fecha del año anterior.
Además, a partir de este mes de enero entran en vigor cambios en el proceso de los presupuestos generales del Estado 2018. Desde EFISCO, muy atentos porque os contamos cada una de las novedades.
Novedades fiscales: IRPF, Modelos fiscales e IVA
Cambios en el IRPF
El impuesto sobre Renta de las Personas Físicas es el impuesto que se debe aplicar sobre tu renta natural como residente en España durante un año.
Ya se anunció en el 2017, pero muy posiblemente entre en vigor los cambios en el IRPF en este 2018, que supondrán elevar el mínimo exento del pago del impuesto en la renta. Actualmente, se encuentra en 12.000€, y pasará a ser de 14.000€. Pero, ¿en qué te beneficia?
- Si tu renta se encuentra hasta los 14.000€: Si este es tu caso, no tendrás que pagar IRPF este 2018! En otras palabras, se traduce en un ahorro, que puede estar entre unos 350€ y 600€ al año, por no tener que pagar este impuesto.
Además, se realizará una rebaja con efecto en las nóminas del 2018 y en la declaración de la renta. Beneficiando a las rentas más bajas:
- Si tu renta se encuentra entre 14.000 y 17.700€: En este caso, si te encuentras en esta franja, vas a poder disfrutar de un descuento.
Pero esto no es todo, habrá una deducción de hasta 1.200€ anuales por atención a familiares en circunstancias como discapacidad, personas mayores y familia numerosa.
Si eres mileurista, vas a conseguir ahorrar gracias a este cambio normativo. A través de la página web de la Agencia Tributaria, puedes calcular cuál serán tus retenciones.
Cambios en las fechas de entrega de los modelos
Entre las novedades fiscales, queda confirmado que no se va a adelantar el plazo de presentación del modelo 347. De esta forma, va a continuar su plazo habitual, del 1 al 28 de febrero. Sin embargo, los siguientes modelos se adelantan a enero de 2018:
- El modelo 171: que trata la declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento. Anteriormente se presentaba en el mes de marzo.
- El modelo 184: sobre la declaración informativa para entidades en régimen de atribución de rentas. El plazo al igual que el modelo 347, se presentaba del 1 al 28 de febrero.
- El modelo 345: declaración informativa de planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia. Hasta ahora el plazo era del 1 de enero al 20 de febrero.
Por lo que se suman al resto de modelos que tienen un plazo de entrega hasta el 31 de enero:
- El modelo 303 de IVA: es el modelo de autoliquidación del IVA que se presenta de forma trimestral.
- El modelo 130 que hace referencia a la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF.
- Modelo 115 sobre la declaración de las retenciones por alquileres de forma trimestral y su modelo anual 180.
- El modelo 111 de retenciones a trabajadores, profesionales o empresarios junto al modelo anual 190.
- Modelo 349, de las operaciones intracomunitarias y el modelo 309 que hace referencia a la autoliquidación de IVA de operaciones intracomunitarias no periódicas en recargo de equivalencia.
- El modelo 368 de servicios prestados por vía electrónica.
Modificaciones en el IVA
Entra en vigor a partir del próximo 1 de julio de 2018, en el ámbito del IVA, el nuevo sistema SII.
Este proyecto modifica la gestión del IVA, si tienes una empresa, deberás informar casi a tiempo real de tus facturas recibidas y emitidas. Hasta ahora, se informaba de todas las facturas al finalizar el mes, o en tu trimestre correspondiente. Sin embargo, ahora, todas las empresas deberán emitir en un plazo de ocho días en el primer semestre de vigencia. Pasando posteriormente, a un plazo de cuatro días (conoce las actividades exentas de iva)
Además, deberás llevar un libro de registro del impuesto directamente desde la sede de la Agencia Tributaria. Este nuevo cambio para el 2018, afecta principalmente a las grandes empresas que facturan más de seis millones al año.
Comienza el año con todas las novedades fiscales. Además, puedes encontrar gran variedad de cursos sobre contabilidad y fiscalidad en nuestra plataforma de EFISCO. Sigue nuestro blog para no perderte detalle sobre todos las últimas noticias, y en redes sociales: Facebook.